Atendiendo a una petición de la Dirección de Relaciones Internacionales,y como expresión de la visión interproceso con la que se proyecta la Universidad de Ciego de Ávila ,compartimos la propuesta de Reglamento Interno para los becarios uniqueños que cursan estudios en el exterior.Invitamos a la comunidad universitaria a dejar sus opiniones al respecto en las redes sociales institucionales y en el correo atencionalapoblacion@unica.cu,poniendo en el Asunto:Opinión sobre el Reglamento interno para los becarios uniqueños que cursan estudios en el exterior.
El presente Reglamento establece las normas generales del proceso de otorgamiento de becas y los deberes y derechos para los profesores e investigadores que realizan estudios de formación completa, cursos cortos, pasantías, estancias de investigación, maestrías y doctorados, en las universidades e instituciones académicas y científicas en el exterior.
Deberes de los becarios:
- Contar con el currículo internacionalizado, visible desde las redes académicas y científicas internacionales.
- Desarrollar todas las actividades del programa de estudios y aprobar las evaluaciones correspondientes, con buenos resultados.
- Informar periódicamente a la Dirección de Relaciones Internacionales y su Facultad o Área específica en la universidad en Cuba sobre los resultados alcanzados en las investigaciones científicas (en caso de maestrías, doctorados y estudios posdoctorales), publicaciones y otros productos científicos logrados.
- Cumplir con sus deberes sindicales (pago de la cuota y aporte a la patria), relacionados con la garantía salarial en Cuba.
- Mantener el vínculo académico-científico con su universidad en Cuba, mediante el intercambio y la participación en los seminarios, talleres y eventos científicos virtuales.
- Culminar sus estudios en los plazos establecidos.
- Mantener un comportamiento adecuado y en concordancia con los valores de la Revolución cubana y de los cubanos, en el cumplimiento de una misión en el exterior.
- Regresar a Cuba en la fecha que corresponda. En caso de presentar necesidad de un período adicional de estancia en el exterior y por razones bien justificadas, puede solicitar una prórroga que será analizada y aprobada (o no aprobada) por la universidad.
- Cumplir con las leyes de los países donde realicen estudios y las leyes cubanas, que surtan efecto para los ciudadanos cubanos en el exterior.
- Mantener actualizado su pasaporte.
- Mantener actualizado su estatus migratorio en el país donde realicen estudios (visa, permisos de residencia).
- Informar oportunamente a su universidad en Cuba y a la Embajada cubana en el país donde realicen estudios, sobre cualquier situación que pueda estar afectando el buen desarrollo de sus estudios o su vida.
- Informar sobre su localización permanente o temporal en el país donde realicen estudios, a la Embajada cubana y a su entidad en Cuba.
Derechos de los becarios:
- Recibir una formación/superación de calidad, acorde con los compromisos establecidos en el programa de estudios, documentos firmados con la contraparte extranjera y la institución encargada de impartir el programa.
- Gozar de las compensaciones que le otorgan los Gobiernos, los organismos e instituciones que respaldan los programas, (cobertura de trámites migratorios, pagos de la colegiatura, del alojamiento, del seguro médico y del estipendio que otorga el Programa de becas o la universidad donde cursa sus estudios).
- Recibir atención sistemática por parte de su institución, tanto de la Dirección de Relaciones Internacionales como de su Facultad o Área específica.
- Recibir atención desde la Embajada de Cuba en el país donde realicen estudios.
- Apoyo institucional en los trámites migratorios.
Para el control del cumplimiento de las normas generales del proceso de otorgamiento de becas y desempeño de los becarios que realizan estancias en el exterior, se establece el Expediente del Becario que debe contar en su interior con los siguientes documentos que avalan el proceso de otorgamiento y desarrollo de becas:
- Convocatoria para la beca.
- Solicitud personal para aplicar la beca.
- Autorización expresa de su área (facultad, dirección, departamento), precisando el tema de investigación aprobado y dictamen de la investigación que se va a realizar en el exterior y su aportación al proyecto científico.
- Autorización de la universidad (aprobación por la comisión correspondiente).
- Certificación de la aprobación por la institución en el exterior de la candidatura del postulante para el becario.
- Anexos 1 y 2 de la salida al exterior, debidamente firmadas y acuñadas.
- Informes periódicos de los resultados alcanzados por el becario.
- Evaluación anual del desempeño del becario por el Jefe de Área correspondiente (garantía salarial).
- Evidencias de la comunicación permanente con el becario.
Elaborado por: Dr. C. Elena A. Dugareva
Aprobado por: Oruam C. Marichal Guevara
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