Después de iniciada la ofensiva institucional para aclarar las dudas e inconformidades con el Decreto 349 y una vez anunciada la redacción de la obligatoria Norma Complementaria, varias inquietudes se han reiterado a pesar de los evidentes esfuerzos de las instituciones y los medios de comunicación por divulgar las múltiples intervenciones de los directivos del MINCULT, los debates que han sostenido con los artistas y escritores y otra gran cantidad de información sobre el tema.
A ello se une la persistencia de una feroz campaña contra Cuba, la Revolución y sus dirigentes, en un escenario en el que la lectura responsable de la información que circula por todos los medios, tanto convencionales como digitales, no es virtud común.
La Jiribilla organizó un análisis detallado de los principales planteamientos, críticas y dudas desde el inicio de los debates, con énfasis en los del último mes y dialogó con varios artistas y con funcionarios del Ministerio de Cultura para elaborar en forma de preguntas y respuestas el material que sigue. Para ello se han consultado más de veinte medios de comunicación de diversos tipos, procedencias y enfoques.
1- Se ha reiterado que el Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos va contra el artista independiente.
No es cierto. Si se quiere decir que independiente es el que no trabaja con ninguna institución, de ello no se habla en el Decreto. Si un artista que no esté vinculado a las instituciones incumple lo establecido para la contratación o la venta de bienes culturales, incurre en la misma violación en la que incurriría cualquier otra persona natural. Si utiliza, exhibe o difunde producciones nacionales o foráneas, con el empleo de pornografía, promuevan y exalten de forma injustificada la violencia, el lenguaje sexista, vulgar, obsceno y discriminatorio por el color de piel, género, orientación sexual, discapacidad o cualquier otro lesivo a la dignidad humana; incurre en la misma violación que cualquier otra persona natural o jurídica. Por tanto, no hay ningún tratamiento selectivo a este tipo de artista independiente.
Si se considera independiente, porque es la fórmula legal reconocida, a los artistas que pertenecen al Registro del Creador de las Artes Plásticas o a los que pronto integrarán el Registro del Creador Audiovisual, la respuesta es la misma, porque se trata de violaciones asociadas al incumplimiento de contratos o a la promoción de contenidos que pasan por arte sin serlo y agreden al bien público. Sobre estas 2 materias existen legislaciones similares en muchos otros países.
Puede aparecer la opinión, como de hecho ha sucedido, de que determinado artista no desea incorporarse a los registros. La cuestión aquí reside en que los registros han sido creados para garantizar el trabajo individual en completa libertad, desde el taller o el domicilio, al punto de que pueda comercializarse la obra en esos espacios y eso necesita un marco legal. También la inscripción en el registro garantiza protección al derecho de autor, capacidad legal para asociarse con otros artistas u otras personas naturales y jurídicas y, como en el caso del audiovisual, para asuntos tan importantes como la definición de la nacionalidad de la obra. Quiere esto decir que una opinión contra los registros de creadores independientes tiene poco que ver con el Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos.
Por último, estaría el caso de que el independiente sea un aficionado. En ese caso, al no haber ninguna actividad comercial, no habría por qué aplicar en ningún escenario una contravención por violación de contrato y, en el caso de la discusión de contenidos lesivos a la dignidad humana, el tratamiento sería el mismo que a cualquier otra persona natural y jurídica
2- Se afirma que el Decreto es contra las galerías privadas y los estudios de grabación particulares.
No es cierto. En la entrevista con la Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura publicada en Granma y en La Jiribilla, en el segmento Contrapunteo del Noticiero Cultural de la Televisión Cubana y en la Mesa Redonda Informativa de la Televisión Cubana, se dejó claro que por el momento y teniendo en cuenta que el Decreto se aplicará progresivamente, ninguna autoridad actuará contra esas u otras actividades relacionadas con el trabajo por cuenta propia y la circulación del arte que no tienen hoy respaldo legal.
Se informó además que el Ministerio de Cultura está analizando estas y otras formas de relación de la cultura con el sector no estatal, para hacer una propuesta que las dote de un marco legal, dentro de la política cultural establecida por la Constitución de la República. Cualquier lectura racional de esta información conduce a que se esperará por la opción de un marco legal de estas actividades para proceder a regular las contravenciones por el incumplimiento de las normativas correspondientes.
Apreciamos que, tanto en este punto como en el del “artista independiente”, se trata de establecer normativas acerca de procesos y escenarios de una aparición reciente en el panorama de la cultura cubana, lo que expresa claramente la decisión de respaldarlos legalmente. Según la lógica, ampliamente explicada en la Mesa Redonda, el Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos, no legisla sobre la circulación del arte -como tampoco sobre la creación-, sino que establece contravenciones para el cumplimiento de normativas que ya existen sobre la circulación (contrataciones, ventas) y para la promoción de lo que supuestamente es arte sin serlo. Leyendo, otra vez racionalmente, se comprende que primero concluirá el análisis mencionado arriba y después, cuando exista la regulación, se aplicarán las contravenciones que correspondan al violarse lo establecido por la normativa.
3- Se ha planteado como un problema que no exista el Registro del Creador Audiovisual.
Cierto, es un problema. Es una demanda de larga data de los realizadores audiovisuales cubanos, que lleva muchos años solicitando se autorice la figura del creador audiovisual independiente y en consecuencia que se cree el Registro.
No deja de ser notable que un sector importante de los creadores exija la existencia del Registro del Creador Audiovisual Independiente y otro, ciertamente mucho más pequeño, se pronuncie contra los registros. Es un asunto en el que hay que meditar profundamente. Las instituciones culturales tienen la obligación de conocer con todo rigor las demandas y preocupaciones de los creadores.
Después de un largo periodo de debate y un proceso de trabajo conjunto entre el ICAIC y la vanguardia de los creadores audiovisuales, se concluyó la propuesta de normativa que establece el Registro del Creador Audiovisual Independiente, que ya está en proceso de constitución. La dirección del ICAIC ha ofrecido oportunamente la información correspondiente a este proceso.
4- Se ha dicho que no se ha debatido el Decreto.
No es cierto. Ya pasan de mil las personas que han participado en los debates, incluyendo 10 reuniones para elaborar el Proyecto de Norma Complementaria. Este número ha seguido incrementándose con la discusión del proyecto de normas en más de 10 provincias, proceso que continuará hasta cubrir todos los territorio y efectuar otro grupo de discusiones en la capital, donde ya se han realizado varias. A ello se añade el debate en los medios.
5- No se ha dado información pública sobre el Decreto y el debate.
No es cierto. La Revista cultural La Jiribilla ha publicado tres compilaciones con más de 20 textos que recogen opiniones diversas, favorables y críticas, visiones esclarecedoras e información muy detallada sobre el contenido de esta norma, así como textos que polemizan con las críticas más aviesas al Decreto.
Otros textos han aparecido en el periódico Granma, donde se publicó una exhaustiva entrevista a la Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura, que aclara punto por punto todas las posibles dudas sobre el Decreto e introduce elementos que aparecerán en la Norma Complementaria. No es posible, por otra parte, sostener con objetividad que la entrevista publicada en Granma es un texto técnico, que no brinda información suficiente.
El Portal de la cultura cubana Cubarte, varios sitios web con diferente relación con las instituciones, pero afines a la política de la Revolución, periódicos provinciales y agencias extranjeras han dado información diversa sobre el Decreto y, en particular, sobre la visión institucional.
El Noticiero Cultural de la Televisión cubana dedicó su sesión Contrapunteo durante una semana a brindar información y a debatir sobre el Decreto. En ese espacio se leyeron, comentaron y aclararon, con toda intención, opiniones favorables y desfavorables a esta norma y se describió el proceso de trabajo en la elaboración del Proyecto de Norma Complementaria, que se ha estado realizando con la participación de artistas y escritores designados por las organizaciones de creadores y se somete en este momento a consulta en reuniones de miembros de la Uneac y la AHS y del Sindicato de trabajadores de la cultura de todo el país.
El 7 de diciembre tuvo lugar la Mesa Redonda Informativa de la Televisión Cubana con el propósito esencial de dar información pública, mientras continuaban los debates en el Noticiero Cultural. En la preparación de la Mesa se trabajó con todas las opiniones críticas sobre el Decreto.
Las instituciones continuarán brindando información sobre el proceso de debate del Proyecto de la Norma Complementaria.
6- Se ha dicho que no se dio información en la Mesa Redonda, que solo se habló de cuestiones ideológicas.
No es cierto. Se dio amplia información sobre el ámbito de aplicación del Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos, o sea, cuándo, cómo, por qué y a quiénes se le aplicaría. Se respondieron importantes inquietudes expresadas en el proceso de discusión, como la referente a las galerías y estudios de grabación particulares. Se dejó claro que el Decreto no tiene nada que ver con la creación artística. Era imprescindible hacerlo porque esta fue la principal confusión que se generó.
Se aclaró además que el Decreto no establece nada nuevo sobre la circulación del arte y sí las contravenciones a las violaciones de lo previamente establecido para la misma. Fuemuy significativo que Lesbia Vent Dumois mencionara por su nombre algunas de esas normativas para la circulación de las artes plásticas que, como ya se ha dicho, desde hace mucho tiempo permiten al artista producir y vender directamente desde su propio estudio.
Se explicó ampliamente el proceso de discusión del Decreto y en particular, del Proyecto de Norma Complementaria, algo fundamental que debe conocerse. Incluso se citaron pasajes del Proyecto de Norma Complementaria, que se encuentra en fase de discusión con escritores y artistas.
Algunos comentaristas han planteado que debieron escucharse directamente opiniones críticas sobre el Decreto. Más allá de que es obvio que los panelistas se refirieron a estas opiniones, durante aquella misma semana el Noticiero Cultural las recogió y el Viceministro de Cultura Fernando Rojas dialogó con estos criterios en la emisión del jueves 6 de diciembre.
En sendos pasajes de las intervenciones de los dirigentes del Ministerio de Cultura se mencionaron la campaña contra nuestro país, a propósito del Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos, y el hecho de que algunos planteamientos parecen dirigirse más a la institución que al propio Decreto. La campaña y el ataque son públicos y aparecen referencias a ambos en no pocos medios, así como rechazo explícito a una y otro. ¿Tiene que callar un funcionario del estado cubano ante estos hechos? ¿No está en la obligación de mencionarlos y contestarlos?
La Mesa Redonda del 7 de diciembre cumplió su objetivo de informar.
7- Se ha dicho que solo se ha discutido con la Uneac y las AHS.
No es cierto. En el mes de septiembre tuvo lugar una discusión con decenas de artistas plásticos, varios de los cuales no integran o no tienen un vínculo activo con esas organizaciones. Se ha discutido también con integrantes del Sindicato de Trabajadores de la Cultura que no son miembros de estas organizaciones. Se ha debatido con miembros de la ACAA, con representantes de otras organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la cultura, con promotores culturales que no pertenecen a ninguna de las organizaciones mencionadas y con muchas personas que se han acercado a las instituciones para recabar información, plantear preocupaciones o aportar nuevas ideas. Se han realizado y continuarán realizándose reuniones con artistas, escritores y especialistas en otras provincias y con profesores y estudiantes de la Universidad de las Artes.
Desde que en septiembre comenzó el debate en medios digitales y redes sociales se ha analizado cada texto y se ha divulgado ampliamente el debate.
8- Se ha dicho que no se ha discutido ni atendido a los críticos del Decreto.
No es cierto. Como ya se mencionó, se realizó una reunión en el Consejo de las Artes Plásticas con una treintena de personas de ese gremio, todas críticas del Decreto y firmantes de una carta al Ministro de Cultura. A propósito de esa carta, se ha dicho que cuenta hoy con 250 adhesiones. Es difícil verificarlo porque la lista se ha difundido junto a otros artículos y opiniones que impiden apreciar adecuadamente la secuencia, la identidad y la adhesión misma de los firmantes. Algunos incluso son personas desconocidas. Otros han dicho que les hicieron una llamada telefónica con una pregunta muy general y no sabían lo que estaban firmando, otros han planteado que los llamaron hace mucho tiempo y ni siquiera recuerdan qué estaban firmando. En fin, que resulta difícil entender el asunto. Hay una diferencia importante entre promover una carta y circular información presuntamente periodística. En cualquier caso, las demandas planteadas en la carta entregada en septiembre al Ministro de Cultura por varios artistas plásticos fueron escuchadas y discutidas en la reunión mencionada al principio. No parece haber ningún problema en responder una carta con una discusión colectiva.
De esa reunión ha circulado una versión en varios sitios web, en algunos de ellos con versiones incompletas. Más allá de la obvia diferencia entre la relatoría y el periodismo “ciudadano”, la versión que circuló deja claro que la reunión fue larga e intensa y que tanto los funcionarios del Ministerio de Cultura como los artistas dieron sus opiniones.
En respuesta a otra carta enviada al Ministro por cerca de 20 artistas de mucho prestigio y algunos promotores, se realizó una reunión en la sede del Ministerio de Cultura, con los firmantes, el Ministro y otros funcionarios. En un ambiente muy respetuoso se escucharon y respondieron todas las preocupaciones y opiniones.
A estos datos hay que añadir varias decenas de intercambios individuales o en pequeños grupos con artistas con preocupaciones o con críticas al decreto. La Jiribilla ha procurado puntualizar bien las cifras para evitar cualquier manipulación.
No puede por tanto afirmarse que no se ha atendido ni discutido con los críticos del Decreto.
9- Se ha dicho que no se ha respondido a la propuesta de derogar el Decreto.
No es cierto. Aparte de las diatribas de la campaña anticubana que han rodeado e incidido en el debate, esa propuesta se hizo solamente por los firmantes de la carta discutida en septiembre en la sede del Consejo Nacional de las Artes Plásticas. En la misma reunión se respondió que no se derogaría el Decreto. La versión de esa reunión mencionada arriba, que ha circulado en Internet tiene el mérito de citar con bastante exactitud ese pasaje.
10- Se desmiente que se haya hablado contra la institución, más allá del debate sobre el Decreto.
Sí se habló y se habla contra la institución. Solo hay que fijarse en la gran campaña que se realiza contra este país. En otro ámbito, más serio y profesional, y volviendo a los debates de septiembre, la detallada explicación acerca de la necesidad del Registro del Creador como fórmula que ofrece marco legal al trabajo independiente y que no tiene nada que ver con el Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos —de hecho es muy anterior incluso al Decreto 226—, fue rechazada por varios participantes en la reunión en el Consejo Nacional de las Artes Plásticas. Allí quedó claro —y eso no lo recogió la versión que ha circulado en Internet—, que oponerse a la existencia misma del Registro, no tenía nada que ver con el Decreto. Si esto no es un ataque a la institución, tendría que existir en términos estrictamente constructivos y profesionales una opción alternativa para la realización de contratos, ventas, para la seguridad social, para la protección del derecho de autor, entre otras necesidades de la legalidad en un Estado de derecho. Solo en una ocasión —en la reunión realizada en el Ministerio de Cultura—, se hizo una propuesta alternativa: la de privatizar la cultura, con la cual estuvimos y estaremos en permanente desacuerdo.
Todo esto explica que los que defendemos el derecho del Estado a enfrentar la utilización, exhibición o difusión, de producciones nacionales o foráneas, con el empleo de pornografía, la promoción y exaltación de forma injustificada la violencia, el lenguaje sexista, vulgar, obsceno y discriminatorio por el color de piel, género, orientación sexual, discapacidad o cualquier otro lesivo a la dignidad humana; hayamos mencionado a la anarquía y al imperio del mercado como nociones que no podemos compartir.
Al mismo tiempo, como hemos explicado públicamente, los problemas de la relación de los artistas con las instituciones han sido señalados en los debates y estas han tomado buena nota de ellos, no solo en lo referente a nuevos escenarios de circulación que no cuentan con un marco legal; sino también de la necesidad, sobre todo en el caso de la música, de usar formas de relación mucho más viables entre la empresa y el artista. Este planteamiento se ha hecho en la mayoría de las reuniones en las que han participado los músicos y se trabaja en una propuesta integral que responda a esta justa inquietud.
11- Se dice que se ha iniciado una campaña para dividir a los artistas en “buenos” y “malos” en el sentido político de a favor o en contra de la Revolución.
No es cierto. Si una persona con formación y trayectoria artística, académica o autodidacta, decide integrarse al campo contrarrevolucionario y participar en la campaña permanente contra este país, es su elección. Hasta tanto eso no suceda, el campo revolucionario y las instituciones se esfuerzan por trabajar y dialogar, con pleno respeto a todas las opiniones, con todos los que buscan ayudar y con los que discrepan, siempre que no sean “incorregiblemente reaccionarios”.
12- Se ha dicho que el Decreto establece que el artista debe pedir permiso a la institución para exhibir su obra.
No es cierto. Ya se comentó en extenso el escenario de las artes plásticas en que el artista exhibe en su casa o taller sin preguntarle a nadie, generando nuevos espacios de circulación, sin marco legal suficiente, que se analizan hoy para resolver esta carencia; así como en los espacios de las instituciones mediante acuerdos puntuales con estas, que se expresan en una curaduría para cada exposición. Sobre esto, con la excepción de las galerías privadas, existen regulaciones que datan de hace mucho tiempo y que difícilmente calificarían como “permisos”.
En el audiovisual, hace mucho tiempo que la producción independiente tiene su propio circuito de distribución y la esperada materialización del Registro del Creador Audiovisual y Cinematográfico no modificará esa circunstancia, sino que le otorgará cobertura legal. Es difícil llamar “permiso” a algo que el creador ha exigido como un derecho. El Icaic ha acogido en diversos eventos y en la programación habitual la inmensa mayoría de la producción audiovisual cubana. Parte de ella, además, se exhibe en espacios del trabajo por cuenta propia, mediante un sencillo acuerdo entre las partes.
Ha crecido la diversidad de los espacios para las presentaciones de teatro, no siempre con intervención institucional directa, sin que ello constituya una dificultad. En estos casos la institución se orienta por considerar como lo esencial la calidad de la propuesta. El recién finalizado Festival de Teatro de Camagüey inscribió en su programación dos obras realizadas y presentadas en los domicilios de los artistas. Lo que se exige es que se cumpla lo establecido para la realización de presentaciones públicas en los espacios habilitados para ello. Si se considera a esto pedir un “permiso”, se trata precisamente de actuar dentro del marco de la legislación.
Los músicos cubanos fueron pioneros en presentarse en escenarios del sector no estatal y continúan haciéndolo mediante acuerdo entre las partes, como pautan las regulaciones establecidas para la comercialización, sin pedir ningún “permiso”. Como ya se ha dicho arriba, la representación institucional de los músicos debe resolver determinadas dificultades que existen para la contratación que impactan estos escenarios. Se trata de una deficiencia jurídica, que es algo bien diferente de un permiso.
Las presentaciones musicales, danzarias y teatrales de más rigor se realizan en teatros y espacios similares a estos, que en Cuba son institucionales y no se privatizarán. Esa es la garantía del mayor acceso posible de la población a los servicios culturales. Lo mismo sucede con el sistema editorial. El Proyecto de Norma Complementaria al Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos incluye la protección de las ediciones de autor producidas por trabajadores o entidades no estatales.
Los Registros de Creadores, como ya se explicó, son el marco legal para la realización del trabajo independiente del artista y el escritor.
En una de las diatribas de El Nuevo Herald contra Cuba y contra el Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos se afirmó la falacia que encabeza este pasaje. La foto que ilustraba al texto corresponde a la imagen de un flash mob realizado en ocasión del recién finalizado Festival Internacional de Ballet de la Habana. La institución gestionó la realización de esa actividad en plena calle, como sucede en cualquier país del mundo, pero no intervino en absoluto en la convocatoria a esa acción ni en su realización. Esa es la práctica vigente hoy en Cuba y el Decreto no se refiere a ese tema en absoluto.
13- Se ha dicho que el Decreto plantea que es obligatorio para el artista estar adscrito a una institución.
No es cierto. Como ya se ha dicho, la fórmula jurídica de los Registros ampara el trabajo independiente y garantiza derechos de los artistas y escritores.
Parte de la música y la danza, el teatro y la publicación de libros son íntegramente financiados por el Estado, a partir de la filosofía de que se trata de expresiones que no pueden ser sometidas en modo alguno a los dictados del mercado y que es necesario proteger para garantizar el empleo, los derechos de autor, la realización personal del creador y el acceso del público. Para ello las instituciones emplean a una importante masa de artistas y aseguran los recursos para la realización de su trabajo. Los contratos individuales de trabajo se elaboran sobre bases estrictamente voluntarias. El liderazgo en las agrupaciones artísticas y en no pocos casos en las sedes de estas no lo ejerce ningún funcionario, sino los creadores de vanguardia.
La institución interviene en la comercialización del arte a través de una relación entre iguales con los artistas y según la lógica de que no sea el mercado quien dicte la promoción de la cultura. Como ya se dijo este es un ámbito en el que hay insatisfacciones, pero en modo alguno tienen que ver con la coerción.
Por último, centenares de miles de artistas aficionados realizan su actividad y se realizan a sí mismos, se hacen más plenos, sencillamente por amor al arte.
14- Se ha dicho que en el Decreto se plantean prohibiciones de géneros o expresiones.
No es cierto. Ni una letra del texto se refiere a género o expresión alguna.
15- Se ha dicho que el Decreto restringe el trabajo de los artistas aficionados.
No es cierto. Esta interpretación puede estar basada en una identificación del aficionado con el “intruso”. Por cierto, las palabras “intruso” e “intrusismo”, no aparecen en el texto del Decreto, en un esfuerzo, que muchos compañeros han considerado no logrado, por resolver la redacción de la normativa en los términos técnicos más precisos. Al mismo tiempo, esos han sido los términos que por décadas han utilizado los artistas y escritores cubanos para referirse a aquellas personas que promueven la pornografía y, de forma injustificada, la violencia, el lenguaje sexista, vulgar, obsceno y discriminatorio por el color de piel, género, orientación sexual, discapacidad o cualquier otro lesivo a la dignidad humana. En esa visión, que condujo a avanzar en la adopción de una normativa, el intruso se percibe como alguien sin calificación —la calificación puede ser académica o autodidacta—, que presenta como arte aquello que no lo es. Una lectura prejuiciada de la normativa puede inferir que se trata del aficionado. El Proyecto de Norma Complementaria será particularmente enfático en tratar de evitar este error de interpretación.
16- Se ha dicho que la chabacanería y la vulgaridad no pueden enfrentarse mediante un decreto.
Esta es una opinión legítima con la que la dirección del Ministerio de Cultura discrepa. Varios compañeros han señalado que estos problemas solo se pueden resolver con una campaña educativa. Argumentan que cualquier normativa, por bien hecha que esté, sería siempre de una aplicación muy difícil y subrayan la expansión de la vulgaridad, el mal gusto, la contaminación sonora y otros males, como un importante argumento adicional.
Una posición extrema, en las antípodas de la anterior, considera que la libertad debe llegar hasta el punto de que aun las expresiones más vulgares tengan espacio. Se trata con una posición coincidente con la lógica del mercado, aunque no lo exprese directamente.
En la Mesa Redonda del 7 de diciembre se planteó que el 349 no sustituye el trabajo cotidiano de las instituciones y el esfuerzo educativo que hay que hacer para combatir el mal gusto. Combate lo que pasa por arte sin serlo y aquello que busca convertirse en popular mediante el uso de obscenidades.
Se trata de que se aplique una normativa con eficacia que contenga la avalancha vulgar y el mal gusto junto al máximo trabajo de todas las organizaciones e instituciones responsabilizadas con la educación ciudadana. La norma misma y el impacto de su correcta aplicación pueden tener un importante efecto en la formación de las conciencias.
17- Se ha dicho que no es necesario proteger al artista del intrusismo.
Si se trata de una interpretación que asume la idea como paternalista, se puede coincidir perfectamente. El artista se “protege” a sí mismo con su obra.
En las explicaciones de la institución acerca del Decreto y del proyecto de Norma Complementaria se percibe, efectivamente y como se ha expresado anteriormente, que la protección se refiere, si se trata de la demanda de muchos años de los mismos creadores, al enfrentamiento al intrusismo. Es cierto que esta perspectiva resulta mucho más clara cuando se trata del arte del espectáculo musical o danzario.
Hay otro ángulo de la “protección”: el que se refiere a derechos del artista jurídicamente establecidos que estas normativas buscan también preservar. A ello también se han referido los representantes de las instituciones y este mismo texto.
18- Se ha dicho que vamos a implementar las normas complementarias al Decreto como consecuencia de las opiniones críticas con el documento.
No es cierto. El Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos expresa en su letra la obligatoriedad de la norma complementaria, lo que se ha ignorado por distracción o por interés. Al mismo tiempo, es cierto que los debates contribuyeron a que la institución insistiera y lograra la participación de los creadores en la redacción del proyecto de Norma y su posterior discusión pública.
19- Se ha afirmado que el Decreto no se aplicará a las instituciones culturales.
Cierto. El proyecto de la Norma Complementaria prevé que las instituciones culturales tienen que perfeccionar sus mecanismos de autorregulación y tomar todas las medidas con los errores en los procesos de contratación o con los que utilicen, exhiban o difundan, producciones nacionales o foráneas, con el empleo de pornografía, promuevan y exalten de forma injustificada la violencia, el lenguaje sexista, vulgar, obsceno y discriminatorio por el color de piel, género, orientación sexual, discapacidad o cualquier otro lesivo a la dignidad humana.
La institución cultural no está eximida de ser objeto de la aplicación de la medida administrativa correspondiente por las razones arriba expuestas.
El proceso de debate ha sido particularmente enriquecedor en el sentido de poner de manifiesto las debilidades de las instituciones culturales, lo que es de mucha utilidad para el trabajo del Ministerio de Cultura en todos los ámbitos de su competencia.
20- Se ha dicho que estamos creando un cuerpo de inspectores para implementar el Decreto 349.
Falso. Se trata de unas 50 personas en todo el país, un promedio de 4 por provincias. Los inspectores existen en el Ministerio de Cultura y en las Direcciones Provinciales desde la década del 90. Tampoco son un “cuerpo”: se trata de unas 50 personas en todo el país. Actúan como representantes de la institución que es quien les indica cómo proceder en correspondencia en la política cultural establecida en la Constitución de la República. La mayoría de las veces reciben las encomiendas de la institución como resultado de demandas de la ciudadanía, expresadas con pleno derecho a través de cartas, llamadas telefónicas, correos electrónicos y de planteamientos en las Asambleas del Poder Popular y en las de la sociedad civil. El gobierno cubano ha estimulado también que los ciudadanos se dirijan directamente a los medios de comunicación y las instituciones tienen la obligación de responder también a la demanda de los medios. En los últimos años esta última práctica ha sido visible en los casos de contaminación sonora, tema que aparece en el Decreto.
Los representantes de la institución cultural han trabajado por décadas en la aplicación del Decreto 226 contra el intrusismo profesional, que se aprobó como resultado de los planteamientos de los artistas y escritores cubanos, al igual que el presente Decreto para proteger la cultura en los espacios públicos.
El Proyecto de Norma Complementaria, que se ha discutido con los artistas y escritores contiene el precepto de que el representante de la institución cultural actúa por mandato de esta e incluye que este mandato debe ser resultado de una discusión previa con miembros de las organizaciones de creadores. El proyecto establece como requisito necesario para la implementación del Decreto la capacitación previa de los inspectores.
Tomado de Horizontes, Boletín Informativo de la Unión Nacional de Juristas en Ciego de Ávila.
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