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A propósito de los cuarenta años de la Constitución de la República de Cuba

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«Yo quiero que la ley primera de nuestra República sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre».
José Martí

El sistema político cubano, como el de cualquier Estado, es creado por la Constitución en correspondencia con las características y aspiraciones del pueblo y, sobre todo, adoptado de manera libre y soberana en virtud del principio de autodeterminación. Se trata de un sistema político y de una democracia diferente al de otros países, pues responde también a realidades distintas.
La vestidura ideológica del contenido de los derechos de nuestra Constitución está en el ideario progresista, avanzado e independentista de esos cien años de lucha. Primeramente, La Constitución de Guáimaro aprobada en el año 1869, debido a sus proyecciones democráticas, libertarias y antiesclavistas, proporcionó una adecuada base programática a la revolución, aunque la estructura y el funcionamiento político resultaban demasiado complejos para aplicarse con efectividad en medio de la guerra.
Esta Carta Magna estableció la elección del Presidente de la República, de un General en Jefe y de una Cámara de Representantes, la cual tenía el poder supremo, pues podía nombrar y destituir al Presidente de la República. También tenía plenas facultades para intervenir en la marcha de la guerra.
A solo una década, el entorno político, económico, social y militar había cambiado, por ello el Mayor General Antonio Maceo y el resto de sus hombres, inconformes con el compromiso adoptado en el Pacto del zanjón se niegan a acatarlo, y el 15 de marzo de 1878 se pronuncia en su propósito de continuar la lucha hasta lograr la total independencia. Esta declaración, conocida como la Protesta de Baraguá, y que toma su nombre del lugar en que se produjo, dio origen ese mismo día a la segunda Ley Fundamental de la nación cubana, denominada Constitución de Baraguá, promulgada el 23 de marzo, ocho días después.
Su texto es muy breve, consta solamente de cinco artículos. La misma carece de las formalidades de un texto constitucional y solo cuenta con una parte orgánica
Por su parte, La Constitución de Jimaguayú aprobada en el año 1895, no siguió el estilo tripartito, sino que unificó al poder revolucionario, haciendo que el civil ostentara las funciones ejecutivas y legislativas que le eran propias, mientras que las operaciones militares estarían a cargo del General en Jefe. Fue la fórmula que se consideró más adecuada para dirigir la guerra recién iniciada en Febrero de ese año.
Le siguió la Constitución de la Yaya, que entró en vigor en la República de Cuba durante la etapa colonial, en 1897. En esta Carta Magna, se subraya el ideal de una independencia total y sin concesiones; y llega a su punto más alto la fuente del derecho constitucional mambí al ser expresión de la radicalización del pensamiento político cubano. El cuerpo normativo de esta Constitución fue dividido por títulos contando con un total de cinco, que a su vez están divididos en Secciones. Su articulado está compuesto por 38 artículos y consta de disposiciones Generales.
La Constitución de 1901, aun en medio de circunstancias adversas, pues la isla se encontraba tomada militarmente por Estados Unidos, sentó las bases de un Estado nacional definido por su primer artículo que afirmaba: “..el pueblo de Cuba se constituye en Estado independiente y soberano, y adopta, como forma de gobierno, la república.”
Superior en extremo lo fue la Constitución de 1940, firmada también en Guáimaro, Camagüey. La misma estaba dividida en 19 títulos y 286 artículos. Además, consta de Disposiciones Transitorias, Transitoria Final y Disposición Final. Entre los apartados de mayor avanzada resaltaban el 20, que establecía la igualdad entre todos los cubanos, junto al carácter ilegal y punible de toda discriminación por motivo de raza, sexo, color o clase, y cualquiera otra lesiva a la dignidad humana; el artículo 60, reconocedor del trabajo como derecho inalienable del individuo; y el artículo 66, que restringía a ocho horas la jornada máxima de trabajo.
La Ley Fundamental de la República de Cuba, adoptada por referendum popular en 1976 por más del 98% de la población, declara que Cuba es un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como República unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana.
La Constitución de 1976 entró en vigor el 24 de febrero de ese año, consta de un preámbulo y está dividida en 12 capítulos y 141 artículos. Tiene el mérito de ser la primera constitución socialista del Hemisferio occidental. El camino para lograr su aprobación fue largo. Al efecto se creó un anteproyecto de la Constitución de la República durante 1975 el cual fue sometido a discusión pública, en la que participaron más de seis millones de personas, y se formularon propuestas que llevaron a modificar 60 de los artículos propuestos.
El 15 de febrero de 1976 se celebró un referendo en el cual votó el 98% de los electores. El 97,7% de los votantes lo hizo afirmativamente, alcanzando así su aprobación, mediante el sufragio libre, directo y secreto. El 24 de febrero de 1976 se proclamó esta Constitución en acto solemne, reformada en los años 1992 y 2002.
El sistema político, genuinamente democrático, de amplia participación ciudadana, se fundamenta en la dignidad, la igualdad y el ejercicio real de los derechos humanos. Está proscrita y sancionada por la Ley toda discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquier otra lesiva a la dignidad humana. Por otra parte plantea que el derecho de cada cubano al trabajo, también es un deber y motivo de honor; que se atienda y proteja su salud. La educación gratuita, el derecho al deporte y la educación física, están igualmente reflejadas en la Carta Magna.
El sistema político cubano, además, pone énfasis en la incorporación auténtica del conjunto de la sociedad a la toma de decisiones. El debate de los asuntos de interés público, desde los de trascendencia nacional hasta los locales, contribuye a la unidad y es un punto de partida para la adopción y la aplicación de medidas prácticas.
A cuarenta y dos años de su aprobación la Constitución de la República de Cuba, los cubanos la ratificamos, pues se proyecta en una ética esencial que es la columna vertebral de todo el pensamiento martiano, que tiene por médula la exaltación de la dignidad del hombre, su valor intrínseco, valores inmanentes como la dignidad, el cumplimiento del deber, la honradez, la pureza de espíritu.

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